De acuerdo con el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Zona Restringida es toda la tierra ubicada a 100 kilómetros de cualquier frontera nacional y a 50 kilómetros de cualquier océano. Esa misma ley establece que a ningún extranjero se le permitirá adquirir un título directo sobre la tierra en esa zona. Sin embargo, la Ley de Inversión Extranjera de México les permite adquirir títulos indirectos de tierras en la Zona Restringida, ya sea a través de un fideicomiso bancario o una corporación mexicana.
En esta primera parte, David Connell, socio y gerente de Connell & Associates, presenta de manera general los trámites que se deben llevar a cabo para que un extranjero pueda comprar una propiedad en la Zona Restringida.
Comprar una Propiedad a través de un Fideicomiso Bancario
Un fideicomiso es un contrato a tres partes, donde el vendedor (fideicomitente) transfiere bienes raíces de manera irrevocable a un banco (fiduciario), donde un tercero (fideicomisario/beneficiario) puede usar y disfrutarlos. De acuerdo con la ley mexicana, solo una institución bancaria mexicana autorizada puede ser fiduciaria. Como fideicomisario, el banco tiene el título de la propiedad, pero el beneficiario tiene el derecho de usarla a conveniencia (siempre y cuando sea legal).
El banco no puede gravar o vender la propiedad sin el consentimiento expreso por escrito del beneficiario.
Al comprar una propiedad en la Zona Restringida de México mediante un fideicomiso, la “escritura” será el fideicomiso, la cual se firmará ante un notario público mexicano y con ello se concretará la transferencia.
Una transacción de compra normal incluye:
Algunos términos comunes de un fideicomiso en un banco mexicano son:
Comprar una Propiedad a través de una Corporación Mexicana
Desde 1995, los extranjeros pueden poseer, operar y administrar empresas mexicanas, pero aún quedan algunas restricciones sobre ciertas actividades (como la minería, aeropuertos y telecomunicaciones), donde los extranjeros están limitados en el porcentaje de propiedad de las corporaciones mexicanas. Sin embargo, la regla general es que pueden participar hasta en un 100 % en la propiedad de las entidades mexicanas, incluidas las corporaciones mexicanas que compran y venden bienes raíces.
Las corporaciones mexicanas requieren un mínimo de dos miembros, de los cuales ambos pueden ser extranjeros. No existe un requisito legal de tener un socio/miembro mexicano en una corporación mexicana establecida para comprar bienes raíces.
Existen diferentes tipos de entidades comerciales mexicanas; sin embargo, las dos más comunes son la S.A. de C.V. (sociedad anónima) y la S. de R.L. de C.V. (sociedad). Tanto la S.A. de C.V. como la S. de R.L. de C.V. son entidades de responsabilidad limitada y ambas reciben el mismo tratamiento para efectos fiscales mexicanos. Sin embargo, algunos gobiernos extranjeros (como los Estados Unidos) las tratan de manera diferente, por lo que es importante obtener asesoramiento sobre qué entidad es mejor para cada caso.
Formar y mantener entidades corporativas mexicanas representa mucho más gasto que en otros países. Todas las entidades mexicanas requieren declaraciones de impuestos mensuales y anuales que deben hacerse en línea y con los formularios provistos, lo que significa que se deberá contratar y pagar a un contador para que realice esta y otras labores, como el llenado de los documentos de Inversión Extranjera y, en muchos casos, los de Anti-Lavado de Dinero. Todo esto se suma a los sueldos y, por lo tanto, una entidad mexicana puede ser bastante costosa de configurar y mantener.
Si todo se realiza apropiadamente en cualquiera de estas dos opciones, como extranjero no deberían existir problemas para adquirir una propiedad en México.